Productos de Uso Veterinario
El SENACSA es el organismo oficial responsable del registro y control de los productos e insumos farmacológicos, biológicos y homeopáticos de uso veterinario, que son destinados a la prevención, diagnóstico, curación o tratamiento de enfermedades de los animales.
Asimismo, se encarga del registro y control de alimentos para animales, alimentos con medicamentos, aditivos, sal yodada de consumo animal y sus materias primas.
Las regulaciones del SENACSA en esta materia se basan en la Ley 667/95 "Que establece el régimen y fiscalización integral de los productos de uso veterinario y fija condiciones para desarrollar actividades de elaboración, fraccionamiento, distribución, importación, exportación, tenencia, expendio y uso de dichos productos".
Productos de Uso Veterinario
Producto veterinario se considera a toda substancia química, biológica, biotecnológica o preparación manufacturada, cuya administración sea individual o colectiva, directamente suministrada o por medio de alimentos mezclados.
Este producto deberá estar destinado a la prevención, diagnóstico, curación o tratamiento de las enfermedades de los animales, incluyendo en ello a aditivos, suplementos, promotores, mejoradores de la producción animal, antisépticos, desinfectantes de uso ambiental o en equipamientos, pesticidas y todo otro producto que utilizado en los animales y su hábitat, proteja, restaure o modifique sus funciones orgánicas y fisiológicas.
Comprende, además, los productos destinados al embellecimiento de los animales.
Alimentos para Animales
Alimento es toda sustancia que contribuye a asegurar en todas sus manifestaciones (producción y reproducción) la vida del animal que la consume.
Desde el punto de vista nutricional, son todas aquellas sustancias que el hombre pone a disposición de los animales directa o indirectamente para que consumiéndolas puedan mantener con normalidad sus funciones vitales, alcancen su desarrollo corporal propio de la especie y den las producciones útiles que se pretenden obtener.
Registros y Habilitaciones
Productos de Uso Veterinario y Alimentos para Animales
El establecimiento que cuenta con una habilitación vigente podrá realizar el registro de los productos que son objeto de elaboración, importación y/o exportación.
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Registro y habilitación de Empresas
Toda persona física o jurídica que elabore, fraccione, importe, exporte, tenga en depósito, distribuya o expenda productos veterinarios deberá hallarse inscripta en el SENACSA.
Esa inscripción se hará, previa constatación del cumplimiento de todos los requisitos establecidos por parte de la autoridad de aplicación y se otorgará al inscripto la acreditación pertinente.
Los establecimientos o locales de las personas físicas o jurídicas, serán habilitados por el SENACSA, previo cumplimiento de las disposiciones municipales y de los organismos nacionales competentes, debiendo además reunir todas las garantías para la salud pública en cuanto a locales, personal y materiales necesarios para el desarrollo de la actividad que han de cumplir, según las reglamentaciones pertinentes, otorgándosele un certificado de habilitación que deberá ser colocado en lugar visible y permanente.
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Prohibiciones
La legislación vigente establece prohibiciones respecto a la elaboración, importación, distribución, uso y tenencia de ciertos productos de uso veterinario.
Ver la Lista de Prohibiciones vigentes
Aranceles
Vea los aranceles establecidos para las empresas que operan con productos de uso veterinario y alimentos para animales
Vademecum Veterinario Oficial
Vademecum Veterinario
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Más Informaciones
Dirección de Registro y Control, dependiente de la Dirección General de Servicios Técnicos (DIGESETEC).
Email: dgst_registro@senacsa.gov.py