Guía Para Animales Importados Équidos

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Instrucciones para llenar el formulario – GOE-3 -GUIA PARA ANIMALES IMPORTADOS

 

Utilizaran este formulario pagado aquellas personas Físicas o Jurídicas propietarias de ganado, que hayan cumplido los requisitos de importación de animales hacia la República del Paraguay.

AUT. SENACSA N°, DESPACHO IMP. N°: Escribir el número de autorización de importación expedido por el SENACSA y el número de despacho de importación.

IMPORTACIÓN, TRANSFERENCIA Y TRASLADO, TRASLADO, FERIAS Y EXPOSICIONES: Marcar la finalidad de la utilización de la guía, con una tilde en el cuadro correspondiente.

1. A- IDENTIFICACIÓN DEL EXPORTADOR Y/O PROPIETARIO: Escribir en los casilleros respectivos, Número de Cedula de Identidad o RUC, Nombres del exportador y/o propietario, la Razón Social o Apellido Paterno y Apellido Materno.

PAÍS DE ORIGEN Y/O ESTABLECIMIENTO: Escribir el país de origen y/o establecimiento de acuerdo a la finalidad de utilización de la guía.

ESTADO Y/O CÓDIGO ESTABLECIMIENTO: Escribir el estado y/o código del establecimiento de acuerdo a la finalidad de utilización de la guía.

DISTRITO Y/O DEPARTAMENTO: Escribir el distrito y/o departamento a que corresponde el establecimiento

NOMBRE DEL ESTABLECIMIENTO DE ORIGEN: Escribir el nombre del establecimiento.

RUBRO 2: DISEÑO DE MARCA DEL GANADO A TRASLADAR Y TRANSFERIR (Ley N° 2576)

MARCA DOMINANTE: Dibujar la marca dominante actual de los animales.

CANTIDAD POR MARCA: Escribir la cantidad de animales que posean la misma marca.

2. A- CLASIFICACION O TIPO CATEGORIA: Escribir el tipo de animal que se traslada según la marca. 

MARCAS COMPLEMENTARIAS: Dibujar las marcas complementarias que posean el animal o animales.

En caso que correspondan varios tipos o clasificación de ganado con la misma marca, se deberá discriminar según el tipo y cantidad. Se deberán anular los espacios no utilizados del formulario.

B- BOLETA DE MARCA Y/O (LEY Nº 2576/05 ART.6º)

DOCUMENTO DE RESPALDO:

a.    Primera Guía de Importación: Tratándose del ingreso a territorio paraguayo, escribir el “N° de caravana” con que ingresa el animal en la República del Paraguay.

b.    A partir de la segunda Guía del mismo animal importado: Escriba el tipo de documento que respalda el origen anterior del ganado en la siguiente transferencia, según el código que corresponda, especificando el N°, día, mes, y año y el lugar de expedición de la boleta de marca o de la guía de traslado usada para adquirir el ganado que ahora se transfiere o moviliza. El Contribuyente deberá presentar al funcionario del SENACSA, los mencionados documentos (Boleta de Marca o Guía de Traslado) de respaldo, para que proceda la autorización.

3.    IDENTIFICACIÓN DEL IMPORTADOR Y/O COMPRADOR: Escribir la Razón Social o Nombres y Apellidos del importador y/o comprador, número de cédula de identidad o RUC. No emplee iniciales ni abreviaturas, salvo las que se usan en las cédulas.
4.    DETERMINACIÓN DE LA BASE IMPONIBLE Y CALCULO DEL IMPUESTO: Inc. a) hasta g), Inc. i) hasta
j) Escribir según la especie y categoría de los animales los datos que corresponda: Cantidad de animales, Precio Unitario, multiplicar y el resultado consignar en la columna de Precio Total, que será la base imponible para aplicación del porcentaje correspondiente según la especie seleccionada (Ley N° 808/96, Ley N° 5264/14) en la columna siguiente.
PRESENTACIÓN Y PAGO: Efectuar en entidades autorizadas a percibir los tributos respectivos o en aquellas dependencias del SENACSA que estén habilitadas para ello.
SELLO Y FIRMA CAJERO: Efectuado el pago, el cajero deberá estampar el sello del banco u otra entidad autorizada y su firma.
LUGAR, FECHA Y FIRMA DEL VENDEDOR: Señale el lugar, día, mes y año donde presenta el formulario. Firma del vendedor, marcando bajo fe y juramento que los datos y cifras consignadas en la Guía son correctos y que todos los animales que se registran en el presente documento son de origen importado.

FACTURA DE IMPORTACIÓN N°, FACTURA DE VENTA/NOTA DE REMISIÓN O ENVÍO N°: La presentación obligatoria de estos documentos está contemplada en el art 7° del Decreto N° 5.655, de la misma manera que la copia del documento presentado quedará en poder del SENACSA.

COPIAS Y DESTINO DE LOS FORMULARIOS: El formulario se elaborará en 4 (cuatro) copias se distribuirá de la siguiente manera:
Original: Unidad Zonal del SENACSA
Duplicado: Comprador/ Importador
Triplicado: Inspección Veterinaria
Cuadruplicado: Propietario o enajenante

Observación:

  •  La vigencia de la guía comenzará a regir conforme a la fecha de emisión de la misma, la cual debe ser asentada con obligatoriedad de norma por el propietario en la casilla inferior izquierda de la guía (Lugar y Fecha), y no así conforme a la fecha de pago de la guía.

 

Actualización: 23/04/2024